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Constancia de Registro de Programa Interno de Protección Civil

Fecha última Actualización: 01/07/2025
Objetivo del trámite
Expandir/Contraer
  • Hacer constar que todo establecimiento, comercial, servicios, industrial, educativo e inmueble de alto riesgo cuenten con las medidas de seguridad en materia de protección civil para que durante su funcionamiento se mantenga un entorno seguro para las personas que laboran o lo visitan

Dependencia o Entidad
Expandir/Contraer
  • Dirección de Gestión de Riesgos en Materia de Protección Civil
Documentación a adjuntar
Expandir/Contraer
    • En caso de elegir Programa Interno
      • Dictamen eléctrico 
      • Dictamen estructural 
      • Oficio de entrega del programa interno de Protección Civil
      • Programa interno de protección civil 
      • Licencia de funcionamiento expedida por la tesorería municipal y/o Licencia de construcción expedida por la Dirección de Desarrollo Urbano (en caso especial de obra)
      • Licencia de uso de suelo específico expedida por la Dirección de Desarrollo Urbano posterior a 1997 (en caso de no aplicar deberá anexar el predial) (digital y copia)
      • Carta de corresponsabilidad dirigida al Director de Gestión de Riesgo en Materia de Protección civil
      • Póliza de seguros de responsabilidad civil vigente 
      • RFC de la empresa con cédula fiscal y dirección completa 
      • Memoria FOTOGRAFICA
    • En caso de elegir Programa especial
      • Licencia de construcción 
      • Dictamen de zona de riesgo
      • Oficio de entrega del programa interno de Protección civil
      • Programa especial de Obra de Protección civil, que deberá contener lo siguiente (digital original y copia)
      • Licencia de construcción expedida por la Dirección de Desarrollo Urbano
      • Carta de corresponsabilidad dirigida al Director de Gestión de Riesgo en Materia de Protección civil
      • Póliza de seguros de responsabilidad civil vigente 
      • RFC de la empresa con cédula fiscal y dirección completa 
      • Memoria FOTOGRFICA
Requisitos a Cumplir
Expandir/Contraer
  • Documentación basica 

    Requisitos Descripción
    Solicitud por escrito.    Dirigida al C. Joel Figueroa Tentori, Director de Gestión de Riesgos en Materia de Protección Civil de la Secretaría de Gestión y Desarrollo Urbano (SGYDU), solicitando el Registro del Programa Interno de protección Civil. En formato PDF
    Programa Interno de Protección Civil.     1       Datos generales del establecimiento y descripción general del mismo.
    2       Plan operativo de la unidad interna de protección civil
        a.      Subprograma de prevención
        b.      Subprograma de auxilio
        c.      Subprograma de recuperación
    3       Plan de contingencias
    4       Plan de continuidad de operaciones o acciones que aseguren la continuidad del funcionamiento de la empresa.
    5       Programa anual de seguimiento en la implementación del programa interno
    Dicho trámite deberá realizarse y tramitarse a través de un Profesional Responsable Externo en Gestión Integral de Riesgos (PREGIR) , con registro vigente ante la Dirección de gestión de Riesgos en Protección Civil. Y los requisitos se entregaran en formato PDF
    Licencia de Funcionamiento y/o solicitud de empadronamiento en el caso de establecimientos de nueva apertura.   Expedida por la Tesorería municipal. En formato PDF
    Licencia de uso de suelo.    
     
    Indispensable para negocios cuyo inicio de funcionamiento sea posterior a 1997; para establecimientos con inicio de operaciones previo a 1997, en caso de no contar con Licencia de uso de suelo específico deberá presentar copia de predial y/o documento oficial expedido por el H. Ayuntamiento. En formato PDF
    Constancias de Capacitación.     Expedidas por un agente capacitador con registro ante la STPS: Según las necesidades u obligación de la empresa. En formato PDF
        1.      Evacuación de inmuebles
        2.      Primeros Auxilios
        3.      Manejo y uso de extintores
        4.      Búsqueda y Rescate
        5.      Manejo de Montacargas
        6.      Fogonero 
        7.      Manejo de sustancias químicas, etc.
        Incluir copia de DC5 y evidencia fotográfica de la capacitación impartida

    Carta de corresponsabilidad  (conforme a ftto. entregado en trámite de registro PREGIR)  

     Expedida por un Profesional Responsable en Gestión Integral de Riesgos (PREGIR) que cuente con registro vigente por la Dirección de Gestión de Riesgos y Materia de Protección Civil, 3 Originales (1 para entrega) y formato PDF en CD
        Incluir copia de identificación oficial, de los firmantes, asi como del registro del PREGIR. 
    Póliza de seguro de responsabilidad civil.    
       
    Póliza vigente de seguro de Responsabilidad Civil, con coberturas acordes al tipo de inmueble o giro de que se trate. En Formato PDF en CD
    Memoria fotográfica.
     
        A color de fachada del establecimiento, áreas interiores,  equipo de seguridad: extintores, equipo de protección personal, botiquines, detectores de humo, alarma, etc, Señaletica: rutas de evacuación, punto de reunión, salidas de emergencia, etc. Formato PDF en CD
    Constancia de Situación Fiscal   
        

        
    Emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) no mayor a 1 año. Formato PDF en CD
    Dictamen eléctrico.    Dictamen eléctrico elaborado por unidad verificadora con registro ante la Secretaría de Energía (SENER) y/o por Ingeniero (a) eléctrico o afín con cédula profesional. (vigencia máxima de cinco años). Formato PDF en CD
    Dictamen estructural.    
     
    Dictamen estructural expedido por un Director Responsable de Obra con registro vigente en el H. Ayuntamiento de Puebla para inmuebles clasificados dentro de los grupos A y B, conforme al artículo 995 del COREMUN, Formato PDF en CD
        (vigencia máxima de cinco años). 
        (En caso de sismo favor de actualizar)
    Protocolo COVID-19 para la implementación de medidas preventivas sanitarias ante COVID-19.     Escrito que detalle procedimiento a seguir en la entrada, durante la estancia y al salir del establecimiento. Incluir fotografías a color tomadas a una distancia en donde se aprecie la correcta aplicación de medidas sanitarias (no más de 4 fotos por hoja) Formato PDF en CD
Requisitos
Expandir/Contraer
  • Documentación de supuestos generales

    Requisitos Descripción Descripción
    En caso de contar con instalación de gas L.P. Dictamen de gas L.P. en formato PDF    Expedido por una unidad verificadora con registro ante la SENER (vigencia máxima de cinco años) Una vez que el tanque cumpla más de 10 años de la fecha de fabricación deberá de anexar el ultrasonido del mismo y de la instalación.
    En caso de contar con instalación de gas Natural     Dictamen de verificación de instalaciones o Contrato de instalación con diagrama isométrico en formato PDF     Contrato: Emitido por la empresa que proporciona el servicio
            Dictamen: Elaborando por unidad verificadora con registro ante la SENER (vigencia máxima de cinco años)
    En caso de manejar sustancias peligrosas o productos químicos     Inventario de materiales y residuos peligrosos y hojas de seguridad de productos químicos en formato PDF     Expedidas por el fabricante o distribuidor
    En caso de contar con equipos sujetos a presión o generadores de vapor     Registro de los equipos sujetos a presión o generadores de vapor; bitacoras de mantenimiento. en formato PDF     Expedido por la STPS    
    En caso de generar residuos peligrosos     Contrato o ultimo manifiesto de residuos peligrosos en formato PDF         Expedidopor empresas que cumplan con la NOM- 087- SEMARNAT-SSA1-2002 vigente
Tipos de usuarios
Expandir/Contraer
  • Personas físicas y morales

Documento que obtiene el usuario
Expandir/Contraer
  • Constancia de registro de Programa Interno de Protección Civil o Programa Especial de Protección Civil para Obras en Proceso Constructivo

Pasos a seguir
Expandir/Contraer
  • 1. Reunir requisitos para subir en línea su trámite de Programa Interno de Protección Civil.

    2. Una vez ingresado el trámite se le notificara vía correo electrónico su orden de cobro. 

    3. Realizar pago de derechos en bancos autorizados y cajas recaudadoras del H. Ayuntamiento de Puebla.

    4. Una vez realizado el pago, el servidor público acreditado revisará el trámite ingresado en caso de ser procedente o en caso contrario se le notificará el documento de subsanación. 

    5. En caso de que se requiera subsanación, el trámite será autorizado hasta la corrección total de las observaciones realizadas.

    6. Se enviará la constancia de registro de Programa Interno de Protección Civil vía correo electrónico.

Área responsable
Expandir/Contraer
  • Secretaria de Gestión y Desarrollo Urbano / Dirección de Gestión de Riesgo en Materia de Protección civil / Departamento de Gestión de Riesgo y Prevención.

Tiempo de respuesta
Expandir/Contraer
  • Plazo máximo de respuesta por parte de la Dependencia o Entidad:
    10 a 15 días hábiles (Una vez realizado el pago de derechos correspondientes)


    Plazo máximo de ejecución por parte del Ciudadano:
    8 días Hábiles para realizar la subsanación 

Costo
Expandir/Contraer
  • a)Hasta 100 m2 $ 536.00
    b) desspues de 100.1 m2, además de la cantidad señalada en el inciso anterior, por cada m2 adicional $ 1.00
Vigencia
Expandir/Contraer
  • Un año

Lugares donde se puede realizar el trámite
Expandir/Contraer
  • CENTRO DE ATENCIÓN
    Dirección: Norte 2210 Colonia Las Hadas Mundial 86, Puebla, 72070
    Teléfono: (222) 2133980 
    Horario: Lunes a Viernes de 9:00 a 15:00 hrs.
    Correo electrónico: dgestionriesgospc@gmail.com 

Atención de quejas, aclaraciones, informes y sugerencias del trámite
Expandir/Contraer
  • Ante la Unidad de Investigación  de la Contraloría Municipal.

    Avenida Reforma N° 519, Primer piso, Colonia Centro Histórico. C.P 72000.
    Tel. 222 3 09 46 00 Ext. 7076

Observaciones
Expandir/Contraer
  • Criterios de resolución del trámite
    El trámite será resolutivo solo si se cumple con las medidas de seguridad en materia de protección civil necesarias para el establecimiento
    Procedente cuando
    Cuando cumple con los requisitos solicitados
    Improcedente cuando
    No cumple con la documentación necesaria y los requisitos solicitados
    El trámite requiere inspección, verificación o visita domiciliaria
    No
    Objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria
    No se aplica
    Documentos que se deben conservar para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite
    Comprobante de pago de derechos
    Aprobación de programa interno de Protección Civil
    Carpeta del programa interno de Protección Civil

    PRESENTA TU PROTESTA CIUDADANA
    ¿Te negaron injustificadamente tu trámite o servicio? ¿Te solicitaron requisitos adicionales a los que están establecidos en esta ficha de trámite o servicio? ¿Tienes alguna queja del Servidor Público que te atendió?

    PRESENTA UNA PROTESTA CIUDADANA

    De manera presencial: en Unidad de Mejora Regulatoria, calle 3 Sur 1508 Colonia El Carmen Puebla, Puebla. C.P. 72000

    Telefónica: Línea 222 3094600 ext. 7074

    De manera electrónica: https://mejoraregulatoria.pueblacapital.gob.mx/protesta-formulario 

..
Expandir/Contraer
  • En caso de ser Aprobación de Programa Interno de Protección Civil

    Licencia de Funcionamiento y/o solicitud de empadronamiento en el caso de establecimientos de nueva apertura

    Firmada por un asesor y/o capacitador acreditado en materia de Protección Civil, que cuente con registro vigente expedido por la Unidad Operativa Municipal de Protección Civil de Puebla y por el propietario y/o representante legal, anexando copia de identificación

    Original y Digital (PDF)

    Licencia de uso de suelo

    Indispensable para negocios cuyo inicio de funcionamiento sea posterior a 1997; para establecimientos con inicio de operaciones previo a 1997, en caso de no contar con Licencia de uso de suelo específico deberá presentar copia predial y/o documento oficial expedido por el H. Ayuntamiento en el que se especifiquen los metros cuadrados de construcción del establecimiento. En caso de no contar con tal documentación será necesario presentar levantamiento topográfico del terrno del establecimiento

    Copia y Digital (PDF)

    En caso de ser Aprobación de Programa Especial

    Licencia de Construcción

    Vigente

    Copia y Digital (PDF)

    Dictamen de zona de riesgo

    Elaborado por la Secretaría de Protección Civil y Gestión Integral de Riesgos mismo que deberá de ser favorable

    Copia y Digital (PDF)

Datos de quien valida la información
Expandir/Contraer
  •  

    Servidores públicos que validan la información Cargo Correo electrónico
    Rubén Borau García  Director de Gestión de Riesgos en Materia deProtección Civil ruben.borau@ayuntamientopuebla.gob.mx
    Raymundo Clemente Carrera  Jefe del Departamento de Gestión de Riesgos y
    Prevención
    raymundo.clemente@ayuntamientopuebla.gob.mx



     

Ley General de Protección Civil
Expandir/Contraer
  • Artículo 39

    De los Programas de Protección Civil

    El Programa Interno de Protección Civil se lleva a cabo en cada uno de los inmuebles para mitigar los riesgos previamente identificados y estar en condiciones de atender la eventualidad de alguna emergencia o desastre.

    Para la implementación del Programa Interno de Protección Civil cada instancia a la que se refiere el artículo siguiente, deberá crear una estructura organizacional específica denominada Unidad Interna de Protección Civil que elabore, actualice, opere y vigile este instrumento en forma centralizada y en cada uno de sus inmuebles.

    Para el caso de las unidades hospitalarias, en la elaboración del programa interno se deberán tomar en consideración los lineamientos establecidos en el Programa Hospital Seguro.

    Artículo 40

    De los Programas de Protección Civil

    Los inmuebles e instalaciones fijas y móviles de las dependencias, entidades, instituciones, organismos, industrias o empresas pertenecientes a los sectores público, privado y social, a que se refiere el Reglamento de esta Ley, deberán contar con un Programa Interno de Protección Civil.

    Dicho programa deberá ser elaborado, actualizado, operado y vigilado por la Unidad Interna de Protección Civil, la que podrá ser asesorada por una persona física o moral que cuente con el registro actualizado correspondiente, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 11 de esta Ley.

    El contenido y las especificaciones de este tipo de programas, se precisarán en el Reglamento.

    Artículo 78

    De los particulares

    Los particulares que por su uso y destino concentren o reciban una afluencia masiva de personas, están obligadas a contar con una unidad interna de protección civl y elaborar un programa interno, en los términos que establezca esta Ley y su reglamento, sin perjuicio de lo señalado en los respectivos ordenamientos locales.

    Artículo 79

    De los particulares

    Las personas físicas o morales del sector privado cuya actividad sea el manejo, almacenamiento, distribución, transporte y utilización de materiales peligrosos, hidrocarburos y explosivos presentarán ante la autoridad correspondiente los programas internos de protección civil a que se refiere la fracción XL del artículo 2 de la presente Ley.

    Artículo 80

    De los particulares

    Los responsables de la administración y operación de las actividades señaladas en los artículos anteriores deberán integrar las unidades internas con su respectivo personal, de acuerdo con los requisitos que señale el reglamento interno de la presente Ley, sin perjuicio de lo que establezcan las Leyes y reglamentos locales.

Reglamento de la Ley General de Protección Civil
Expandir/Contraer
  • Artículo 74

    El Programa Interno de Protección Civil será de aplicación general y obligado cumplimiento a todas las actividades, centros, establecimientos, espacios e instalaciones fijas y móviles de las dependencias, entidades, instituciones, organismos, industrias o empresas pertenecientes a los sectores público, privado y social del país, que puedan resultar afectadas por Siniestros, Emergencias o Desastres.

    Los Programas Internos de Protección Civil podrán atender a alguno o varios de los siguientes criterios:

    1. Aforo y ocupación;
    2. Vulnerabilidad física;
    3. Carga de fuego, entendido como la magnitud del Riesgo de incendio que posee un inmueble o instalación;
    4. Cantidad de sustancias peligrosas;
    5. Condiciones físicas de accesibilidad de los servicios de rescate y salvamento;
    6. Tiempo de respuesta de los servicios de rescate y salvamento;
    7. Daños a terceros;
    8. Condiciones del entorno, y
    9. Otros que pudieran contribuir a incrementar un Riesgo.

    Artículo 75

    El Programa Interno de Protección Civil deberá estar por escrito y contener la Identificación de Riesgos y su evaluación, las acciones y medidas necesarias para su Prevención y control, así como las medidas de Autoprotección y otras acciones a adoptar en caso de Siniestro, Emergencia o Desastre.

    Artículo 76

    El contenido y las especificaciones de los Programas Internos de Protección Civil son los siguientes:

    1. Contenido:
      1. Plan operativo para la implementación de las Unidades Internas de Protección Civil:
        1. Subprograma de Prevención:
          1. Organización;
          2. Calendario de actividades;
          3. Directorios e inventarios;
          4. Identificación de Riesgos y su evaluación;
          5. Señalización;
          6. Mantenimiento preventivo y correctivo;
          7. Medidas y equipos de seguridad;
          8. Equipo de identificación;
          9. Capacitación;
          10. Difusión y concientización, y
          11. Ejercicios y Simulacros;
        2. Subprograma de Auxilio:
          1. Procedimientos de Emergencia, y
        3. Subprograma de Recuperación:
          1. Evaluación de daños, y
          2. Vuelta a la normalidad.
      2. Plan de Contingencias:
        1. Evaluación Inicial de Riesgo de cada puesto de trabajo;
        2. Valoración del Riesgo;
        3. Medidas y acciones de Autoprotección, y
        4. Difusión y socialización, y
      3. Plan de Continuidad de Operaciones:
        1. Fundamento legal;
        2. Propósito;
        3. Funciones críticas o esenciales;
        4. Sedes alternas;
        5. Línea de sucesión o cadena de mando;
        6. Recursos humanos;
        7. Dependencias e interdependencias;
        8. Requerimientos mínimos;
        9. Interoperabilidad de las comunicaciones;
        10. Protección y respaldo de la información y bases de datos, y
        11. Activación del plan, y
    2. Especificaciones:
      1. Constar por escrito;
      2. Estar redactado y firmado por personal competente, facultado y capacitado para dictaminar sobre aquellos aspectos relacionados con la Prevención y Autoprotección frente a los Riesgos a los que esté sujeta la actividad, y por el titular de la actividad, si es una persona física, o por el representante legal si es una persona moral;
      3. Aplicación de un programa anual de auto-verificación, que garantice la inspección y supervisión de su implementación;
      4. Considerar el aprovisionamiento de los medios y recursos que se precisen para su aplicabilidad;
      5. Evaluación del Programa Interno de Protección Civil para asegurar su eficacia y operatividad en situaciones de Emergencia, para lo cual se realizarán ejercicios de Simulacro, con distintas hipótesis de Riesgo y con la periodicidad mínima que fije el propio programa y, en todo caso, al menos dos veces al año;
      6. La realización de Simulacros tendrá como objetivos la verificación y comprobación de:
        1. La eficacia de la organización de respuesta ante una Emergencia;
        2. La capacitación del personal adscrito a la organización de respuesta;
        3. El entrenamiento de todo el personal de la actividad en la respuesta frente a una Emergencia;
        4. La suficiencia e idoneidad de los medios y recursos asignados, y
        5. La adecuación de los procedimientos de actuación;
      7. Los Simulacros implicarán la activación total o parcial de las acciones contenidas en los procedimientos de Emergencia, planes de contingencia y plan de Continuidad de Operaciones contenidos en el Programa Interno de Protección Civil;
      8. De las actividades de seguimiento y mejora del Programa Interno de Protección Civil, se conservará la evidencia documental, así como de los informes de evaluación, verificación o inspección realizados, debidamente suscritos por el responsable del Programa Interno de Protección Civil;
      9. Tendrá una vigencia anual y deberá ser actualizado y revisado, al menos, con una periodicidad no superior a dos años;
      10. Los componentes del Programa Interno de Protección Civil deberán ajustarse a las condiciones de Riesgo existentes en cada inmueble y, en su caso, deberán incorporarse las medidas de seguridad necesarias para los factores de Riesgo identificados en cada inmueble, sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones locales correspondientes en materia de Protección Civil, y
      11. La vigilancia en el grado de cumplimiento del Programa Interno de Protección Civil recae en las Unidades de Protección Civil, a través de las autoridades con facultad para realizar visitas de inspección o verificación y, en su caso, imponer sanciones conforme a la normativa local.

Ley del Sistema Estatal de Protección Civil del Estado de Puebla
Expandir/Contraer
  • Artículo 63 fracción XXII

    De los Sistemas Municipales de Protección Civil

    La Unidad Municipal tendrá como mínimo las siguientes atribuciones:

    XXII. Aprobar, certificar y evaluar los Programas Internos de Protección Civil de las Dependencias y Unidades de la Administración Pública Municipal, así como en todos y cada uno de los establecimientos de bienes o servicios, que realicen actividades inocuas para la salud humana, y en los servicios públicos municipales;

    Artículo 104

    De la Prevención, Inspección, Control, Vigilancia y Medidas de Seguridad

    El Programa Interno de los establecimientos de bienes o servicios que por su propia naturaleza o por el uso a que están destinados reciban una afluencia masiva de personas, deberá ser autorizado y supervisado por la Unidad Municipal de la localidad en que se encuentre funcionando, quien lo reportará a la Unidad Estatal.

Ley de Ingresos del Municipio de Puebla para el Ejercicio Fiscal vigente
Expandir/Contraer
  • Artículo 14 Fracción XXXVII

    De los derechos por expedición y/o emisión de certificados y constancias

    Los derechos por expedición de certificados y constancias se causarán y pagarán conforme a las siguientes cuotas:

    XXXXVII. Aprobación de programa interno de Protección Civil o Programa Especial de Protección Civil para Obras en Proceso Constructivo:

    a) Hasta 100 m2: $ 431.05
    b) Después de 100 m2, además de la cantidad señalada en el inciso anterior, por cada m2 adicional: $ 1.00

Ley Orgánica Municipal de Puebla
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  • Artículo 252

    Del recurso de inconformidad

    El recurso de inconformidad procede contra actos y acuerdos del Presidente Municipal, del Ayuntamiento, de sus dependencias, de los Presidentes de las Juntas Auxiliares y de las Juntas Auxiliares, salvo que contra dichos actos exista otro medio de impugnación previsto en las leyes o reglamentos aplicables, o que el ordenamiento de la materia establezca que contra dichos actos no procede recurso alguno.

    El recurso de inconformidad puede ser presentado vía presencial o electrónica, de acuerdo a la infraestructura tecnológica con la que cuente el Ayuntamiento.

    Al procedimiento establecido en el presente Capítulo se aplicarán supletoriamente, en lo conducente, las disposiciones establecidas en el Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla.

Código Reglamentario para el Municipio de Puebla
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  • Artículo 377

    Acuerdo del Sistema Municipal de Protección Civil

    El presente Capítulo tiene por objeto la observancia y cumplimiento estricto del acuerdo por el que se establece el Sistema Municipal de Protección Civil en el Municipio de Puebla, regulando la aplicación de las acciones de Protección Civil relativas a la prevención y salvaguarda de las personas y sus bienes, así como el funcionamiento adecuado de los servicios públicos y equipamiento estratégico en caso de alto riesgo, catástrofe o calamidad pública, aplicables a toda actividad comercial, de servicios, industrial y educativa.

    Artículo 379

    Obligatoriedad de las disposiciones de protección civil municipal

    Las disposiciones de este Capítulo son obligatorias para las Autoridades instituciones y organizaciones tanto de carácter público como privado y en general para todas aquellas personas físicas o jurídicas que tengan su domicilio, habiten o transiten temporalmente en el Municipio de Puebla, incluidos dentro de éstas los establecimientos comerciales e industriales que se ubiquen dentro del mismo.

    Artículo 380 fracción XXXVIII

    Protección civil municipal

    Para los efectos del presente Capítulo, se entenderá por:

    XXXVIII. PROGRAMA INTERNO DE PROTECCIÓN CIVIL: Aquél que se circunscribe al ámbito de una dependencia, entidad, institución y organismo, perteneciente al sector público del Municipio al privado y al social; se aplica en los inmuebles correspondientes, con el fin de salvaguardar la integridad física de los empleados y de las personas que concurren a ellos, así como de proteger las instalaciones, bienes e información vital, ante la ocurrencia de un riesgo, emergencia, siniestro y desastre;

    Artículo 382

    Programa específico de protección civil

    Los administradores, gerentes, poseedores, arrendatarios o propietarios de inmuebles que por su propia naturaleza o por el uso a que sean destinados, reciban una afluencia multitudinaria de personas, están obligados a preparar un programa específico de protección civil, estableciendo para ello su comité interno de protección civil, conforme a las disposiciones del programa municipal, elaborando además su análisis de riesgos y su plan de prevención de contingencias; contado para ello con la asesoría técnica de la Unidad Operativa Municipal de Protección Civil.
    Los Planes y Programas internos de Protección Civil tendrán vigencia de un año, debiendo actualizarlos a su vencimiento.

    Artículo 392

    Establecimiento que deben incluir Comité interno de protección civil

    Los hospitales, sanatorios, clínicas, fabricas, industrias, comercios, oficinas, unidades habitacionales, colonias, fraccionamientos, clubes sociales, deportivos y de servicios, centros educativos, terminales y estaciones de transporte de pasajeros y carga, centrales de abasto, mercados, gaseras, gasolineras, almacenes, bodegas y talleres que mantengan sustancias peligrosas, tóxicas, inflamables, explosivas, corrosivas, radioactivas y biológicas así como en los demás establecimientos públicos o privados en los que haya afluencia de personas, deberán integrar su propio comité interno de protección civil y elaborar su análisis de riesgo y plan de prevención de contingencias, acatando las disposiciones de este Capítulo, debiendo solicitar su aprobación a la Unidad Operativa Municipal de Protección Civil.

Reglamento Interior de la Secretaría de PC y GI de R del Municipio de Puebla
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  • Artículo 23 fracción VI

    De la Dirección de Prevención y Regulación

    El titular de la Dirección de Prevención tendrá, además de las atribuciones señaladas en el artículo 12, las siguientes:

    VI. Autorizar y/o aprobar los Programas Internos de Protección Civil, Programas Especiales de Protección Civil, Medidas Preventivas para Giros de Bajo Riesgo y de todo tipo de establecimientos tanto industriales como comerciales o de servicios y cualquier otro que se determine, asentados en el Municipio; 
     

Unidad Administrativa

Dirección de Gestión de Riesgos en Materia de Protección Civil

Carta de Servicios


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